¿Qué constituye salario?

El artículo 127 del Código sustantivo del trabajo, modificado por el articulo 14 de la ley 50 de 1990 dice:

«Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.»

¿Que no constituye salario?

El artículo 128 del Código sustantivo del trabajo, modificado por el articulo 15 de la ley 50 de 1990 dice:

«No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. Tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos VIII y IX, ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el empleador, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad. »

Como podemos observar en estos artículos no mencionan el termino «sueldo básico».  Nuestra legislación en Colombia se encarga de definir que es y que no es salario. En palabras menos técnicas el salario es el ingreso en dinero o especie que recibe un empleado por trabajar en una actividad acordada verbalmente o definida en un contrato de trabajo.

El sueldo básico hace referencia a esa parte del salario y que es fija, acordada en el contrato de trabajo. El sueldo básico es el factor de negociación principal al momento de enganchar a un empleado o aceptar una oferta laboral. Sobre esta base se calculan otros factores salariales como son las horas extras, recargos nocturnos, los recargos por trabajo en días festivos y/o dominicales. En algunas empresas otorgan beneficios o bonos que pueden ser tasados en días de sueldo básico. Por ejemplo: La gerencia decide otorgar un bono extralegal no constitutivo de salario para los empleados del área de producción, consistente en 15 días de sueldo básico.

Usualmente se pacta el sueldo básico por periodos mensuales trabajados y se paga según lo acordado por quincenas o mensualidades vencidas.

Etimológicamente, sueldo, proviene de «solidus»: moneda de oro de peso íntegro. Mientras que salario proviene de «Sal» que era un producto de suma importancia en la antigüedad.

Para algunos cargos es posible que se pacte un sueldo básico inferior al salario mínimo legal vigente y se asignan componentes salariales variables con los que se debe alcanzar el mínimo. Es una forma de remuneración muy polémica pero real en estos días. En todo caso el ingreso base para liquidar la seguridad social será el mínimo legal vigente.